Residencias Sotavento
  Noticias
 
NOTICIAS DE INTERÉS PARA LOS VECINOS DE SOTAVENTO
Como estimulo la participacion en mi edificio
Junta de Condominio 2010 el 05-11-2010, 20:04 (UTC)
 ¿QUE CONSEJOS ME DAN PARA ESTIMULAR LA PARTICIPACIÓN EN MI EDIFICIO?
Estimados vecinos:
A continuación les envío algunos tips relacionados con el estimulo a la participación de los ciudadanos. Son detalles que hemos ido recopilando en la práctica cotidiana y que vienen de la experiencia de las personas que participan en nuestros cursos y talleres. Les invitamos a que ustedes en su comunidad descubran nuevas posibilidades y no olviden compartirlas con nosotros.
1°) Usen la cartelera, no coloque nombres de propietarios ni términos ofensivos, solo señalen a todos (TODOS) los apartamentos solventes o no (con tachuelas rojas para los meses debidos y tachuelas verdes para los meses solventes) Esto no es ilegal ni es escarnio público por ser una costumbre. Hay Sentencias Penales que lo respaldan.
2°) Usen mas su salón de fiestas o entrada principal del edificio para reuniones de la Junta. Sean periódicos o constantes, es decir, que la comunidad se familiarice con su presencia. Hagan continua permanencia a la vista de los propietarios. Señalen que se reunirán por ejemplo todos los Martes a las 8 pm y cualquier consulta, sugerencia o duda de lo vecinos, ahí estarán para ventilarlas y recogerlas. Conversen con todos, mantengan un censo (sano) de con quienes cuentan para diversas actividades comunitarias.
3°) Involucren a un vecino con una computadora y una impresora (páguenle los gastos) pero pueden crear un Periódico Interno. Pueden crear comisiones con los jóvenes del edificio. Comisiones para pintarlo, repararlo, (quien repara y pinta seguro que no lo dañará después y hasta se convierte en su vigilante y hasta podría convertirse en un ingreso para estos propietarios y abaratarían costos del mercado). Pueden crear comisiones para actividades deportivas, compitan entre bloques o edificios aledaños. Involucren a sus autoridades invitándolos a charlas (jueces de Paz, prefectos, concejales) y por su puesto inviten a sus vecinos.
4°)Que todos sientan que es agradable encontrarse, reunirse, conocerse y servir a los demás .Fomenten la idea de que lo que hacen, les gusta y así otros creerán en ustedes y querrán seguir sus pasos y darlo continuidad a lo que hagan.
Un edificio, es como una gran familia para quien no la tiene. Aprovechen y cultiven esa gran y única ocasión de estar al frente de una gran familia. En cambio, una demanda podría ser un dolor de cabeza, una controversia y una discordia adicional que no desearán tener.
A final de todo, creo que no necesitarán ni demandas, ni abogados ni perder tiempo ni gastar honorarios por consultas. Manténganme al tanto si lo que les recomiendo aquí funcionó.
JULIO CESAR LOPEZ GALEA
Asesor Condominial
 

Nadie quiere asumir la Junta de Condominio
Junta de Condominio 2010 el 05-11-2010, 20:02 (UTC)
 NADIE QUIERE ASUMIR LA JUNTA DE CONDOMINIO: ¿QUÉ HACEMOS?
La señora Josefina nos escribe desde Barquisimeto y nos dice: “Mi inquietud se refiere a que mi cargo ya tiene dos años en curso vencido y deseo entregarlo a otra gestión, pero cuando citamos a una asamblea donde se elegirá la nueva Junta de condominio, nadie baja. Quisiera me oriente qué debo hacer y cuál paso legal debo seguir para entregar mi cargo de manera definitiva. Mucho agradecería de colaboración”.
En muchas comunidades ha ocurrido. Debido a las experiencias vividas una buena parte de los vecinos tratan de evadir la posibilidad de asumir la responsabilidad de la junta. Siempre es más cómodo que alguien se responsabilice y poderse quejar de que “la junta” no ha hecho tal o cual cosa. Al estilo de “la culpa la tiene el gobierno”.
Prepare una carta en la que informa que el período previsto en la Ley de Propiedad Horizontal está vencido. Copie allí los artículos de la LPH que indican el camino a seguir si no hay asamblea y nadie quiere asumir. Informe que de no existir junta no existirá control sobre la administración, será probable que se produzcan cortes de los servicios y una paralización de la comunidad. Hay que hacer que la comunidad comprenda lo que se les puede venir encima.
Explique que para no llegar al extremo de que tenga que venir un juez y nombrar una junta transitoria, usted y el resto del equipo saliente, pasarán puerta a puerta a solicitar 6 voluntarios para asumir la responsabilidad, contando con la asesoría de ustedes. Háganlo, vayan de casa en casa. Es muy probable que ante la situación de emergencia aparezcan algunos voluntarios. Haga una reunión con ellos, explíqueles que ustedes harán una carta consulta según lo previsto en la LPH, para que la comunidad vote por ellos, los elija, y haya una nueva junta. Aproveche esta carta consulta para solicitar aprueben su memoria y cuenta.
Publique su informe de gestión en la cartelera y distribuya un resumen a cada apartamento. Entregue copia a la empresa administradora, si la hubiere. Convoque a una reunión para entregarle las cuentas a la nueva junta y manténgase a sus órdenes para que se involucren rápidamente en su nueva responsabilidad. Es importante que le firmen el acuse de recibido.
 

Visita la pagina de nuestras mascotas
Junta de Condominio 2010 el 03-10-2010, 01:12 (UTC)
 Si tienes mascota, perros principalmente, te sugiero revises esta sub pagina para que te enteres de tips importantes de como criar a este tipo de animalitos
 

Objetivos cumplidos
Junta de Codominio 2010 el 28-08-2010, 18:54 (UTC)
 Cumpliendo con los objetivos trazados en Asamblea General de Co-propietarios, hoy vemos con agrado la culminación de trabajos, tales como:
1.-EL CERCO ELÉCTRICO,
2.-INSTALACIÓN DE TOMAS CORRIENTES EN LOS PASILLOS DE LAS CUATRO TORRES,
3.-REPARACIÓN DEL ASCENSOR DEL ESTACIONAMIENTO,
4.-CAMBIO DEL SISTEMA ELÉCTRICO EN LAS LÁMPARAS DEL ESTACIONAMIENTO,
5.-INSTALACIÓN DEL BASCULANTE,
6.-REPARACIÓN DE LA PISCINA,
7.-INSTALACIÓN DE PAPEL AHUMADO EN LA CASETA DE VIGILANCIA,
8.-ADECUACIÓN, REPARACIÓN Y ALQUILER DE LOS APARTAMENTOS DE CONSERJERIA,
9.-CANCELACIÓN DEL CONTRATO CON LA EMPRESA SEPRIN DE VIGILANCIA, ASUMIENDO EL PAGO CONDOMINIO "RESIDENCIAS SOTAVENTO",
10.-APERTURA DE CUENTA EN EL BANCO NACIONAL DE CRÉDITO,
11.-COLOCACIÓN DE LOS PARKING EN LOS ESTACIONAMIENTO DE VISITANTES
12.- Identificación de los puestos de propietarios(Torre, piso, apartamento)
 

Campaña dona una silla
Junta de Condominio 2010 el 19-08-2010, 00:47 (UTC)
 Muy buena receptividad ha tenido esta campaña, en este mes se recibieron 8 sillas, te invitamos a donar una, solo tiene un valor de 35 Bs. La meta es tener una por apartamento para mayor comodidad durante las asambleas y además obtener beneficios con su alquiler
 

Podemos multar o sancionar vecinos que violen las Normas Internas
Junta de Condominio 2010 el 18-08-2010, 20:59 (UTC)
 TOMADO DE TALCUAL, COLUMNA VECINDARIO, MARTES 17 DE AGOSTO DE 2010

¿Podemos multar o sancionar a los vecinos que violan el reglamento?

PREGUNTA:

Mi pregunta es saber cómo se puede hacer para sancionar a las personas que no cumplen con los reglamentos del condominio. Como por ejemplo, estacionar en puestos ajenos, botes de aguas, basuras en áreas verdes, entre otras, ¿ A estas personas se las puede multar? Siempre y cuando esté establecido en la ley.

Yulimar Azuaje. Barcelona.

RESPUESTA:

Justamente es el ordenamiento jurídico el que reserva la potestad de multar o sancionar a los despachos públicos facultados para ello. O sea, los particulares no podemos hacerlo.

Queda la posibilidad de denunciar ante las autoridades locales, el jefe civil o la policía municipal. A ellos corresponde hacer cumplir las normas como la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, la de mascotas o la de ruidos molestos, según existan o no en cada municipio. Pero además la Ley de Propiedad Horizontal obliga a los vecinos a mantener una conducta correcta, si la violan pueden ser denunciados o demandados por vía judicial.

Pero no podemos colocar multas o acordar nosotros mismos sanciones para ellos. Aunque tenemos el recurso de la visita, las cartas, el diálogo, la presión vecinal, la información y la preparación de informes que sustenten, por ejemplo, la aplicación del artículo 39 de la Ley de Propiedad Horizontal, que puede obligar a un vecino mala conducta extrema a vender su apartamento y mudarse.
 

<-Volver

 1  2 Siguiente -> 
 
  Hoy habia 8 visitantes¡Aqui en esta página! Autor: Isaías Hernández (Junta de Condominio 2010)
 
 
AUTOR: Isaias Hernandez (Junta de Condominio 2010) Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis